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18/5/10

Sólo los Mejores en el Servicio Público

Todos deseamos que en el servicio público laboren las mejores personas. Esto es en cualquier gobierno. Y los gobenantes saben que esto es una demanda ciudadana cada vez más creciente e intensa.

En México, se tiene establecido el sistema para el servicio profesional de carrera en la Administración Pública Federal; pero, no es así en la gran mayoría de las administraciones estatales y municipales.

Aquí les presento la experiencia del Gobierno de Chile:

DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA:


Es un sistema creado para profesionalizar los altos cargos del Estado. Se trata que las más altas responsabilidades sean ejercidas por personas competentes e idóneas, elegidas mediante concursos públicos y transparentes.

El objetivo es contar con una gerencia pública calificada y profesional que lleve a cabo y ejecute las políticas públicas que el gobernante determine.

Es un sistema confidencial y no discriminatorio, en que prima la búsqueda de competencias por sobre otras consideraciones.

Se crea el año 2003, tras un gran Acuerdo Nacional Político-Legislativo entre Gobierno y Oposición con el objetivo de aportar a la modernización y transparencia de la gestión pública. Una de las características de este proceso de reforma es el consenso político con que se lleva adelante.

Actualmente, el proceso de selección a través del Sistema de Alta Dirección Pública se aplica a 942 cargos, pertenecientes a 105 servicios públicos adscritos al SADP y otros 26 organismos públicos que seleccionan algunos de sus cargos directivos a través del SADP.

Se trata de 163 cargos de Primer Nivel Jerárquico, fundamentalmente jefes de servicio; y 779 de Segundo Nivel Jerárquico, entre ellos directores regionales, jefes de división o equivalentes.

El Sistema partió el año 2004 con 417 cargos. A marzo de 2010 éstos llegan a 942, en los que se incluyen tanto los cargos de los servicios adscritos al Sistema como los de los organismos públicos que seleccionan algunos de sus cargos directivos mediante el SADP. Ello implica un aumento del 123% en el número de cargos que se seleccionan a través del SADP.

CONSEJO DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA:

El sistema establece la existencia de un Consejo de Alta Dirección Pública, organismo integrado por 5 consejeros -cuatro de ellos nombrados con participación del Senado- que representan a los diversos sectores políticos.

Su función es garantizar el debido cumplimiento de los procesos de selección: transparencia, no discriminación, confidencialidad, entre otros.

CONDICIONES DE DESEMPEÑO DE LOS ALTOS DIRECTIVOS PÚBLICOS:

Los altos directivos públicos nombrados mediante el Sistema tienen una duración de tres años en su cargo y pueden ser renovados hasta dos veces, por igual plazo.

Son funcionarios de exclusiva confianza, es decir, su renuncia puede ser solicitada en cualquier momento por la autoridad facultada para su nombramiento.

Ejercen sus funciones con dedicación exclusiva y tienen derecho -en caso de solicitud de renuncia- a una indemnización por cada año de servicio en la institución, con un máximo de seis.

Firman un convenio de desempeño con su superior directo.

CÓMO ES EL PROCESO DE CONCURSO:

Dependiendo del cargo y de si se trata de I ó II Nivel Jerárquico, el Consejo de Alta Dirección Pública o un Comité de Selección, designado por éste, elige por concurso público a los postulantes, los que son propuestos a la autoridad facultada para el nombramiento, ya sea la Presidenta de la República, Ministro de Estado o Jefe de servicio correspondiente.

El proceso de concurso -que es confidencial- toma aproximadamente cuatro meses y se inicia con la convocatoria en la prensa escrita. Luego, una empresa especializada en selección de personal realiza el análisis curricular de los candidatos, el chequeo de antecedentes y las entrevistas respectivas y presenta al Consejo de Alta Dirección Pública o al Comité de Selección una nómina de preseleccionados.

El Consejo o el Comité selecciona a los mejores candidatos y luego de entrevistarlos personalmente elabora la nómina final, que es propuesta a la autoridad competente para el nombramiento final.

PRIVILEGIA LA IDONEIDAD, LAS COMPETENCIAS Y EL MÉRITO


La elección de los cargos de primera línea del Estado mediante un sistema de concurso público, da cuenta de la voluntad política de renunciar a la discrecionalidad directa e inmediata en los nombramientos, privilegiando la idoneidad y las competencias por sobre otros criterios.

Pese a las lógicas barreras que surgen ante cambios culturales de este tipo, el sistema ha madurado y se ha ido consolidando.

Se ha generado un círculo virtuoso en la mayor parte de los servicios incorporados al sistema, en los que se ha extendido la concursabilidad hacia otros niveles.