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26/9/10

El nuevo Clasificador por Objeto del Gasto Público en México

¿Por qué?

El proyecto de Armonización Contable en México surge de la necesidad de contar con información en materia financiera y presupuestal que pueda ser consolidada y comparada entre las distintas entidades de gobierno que tienen bajo su responsabilidad la administración de los recursos públicos.

La Armonización de los sistemas de contabilidad y presupuesto del sector gubernamental en México es un proyecto que ha avanzado paulatinamente, debido principalmente a la diversidad de criterios y facultades existentes en la normatividad de los tres niveles de gobierno.

Basados en la potestad y criterios particulares de las entidades (estados, municipios, la federación y órganos autónomos) que desarrollaron su propio sistema contable y presupuestal ha propiciado que la información generada carezca de comparabilidad y dificulte la consolidación de la información financiera y su evaluación.

La Ley General de Contabilidad Gubernamental aprobada a finales del mes de diciembre de 2008 plantea los criterios generales para la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los tres órdenes de gobierno enfocando los esfuerzos a tener una contabilidad patrimonial, un sistema armonizado de registro y elementos para una evaluación del desempeño de los entes de gobierno.

El Clasificador por Objeto del Gasto

En el contexto de la Armonización Contable, para el registro único de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos dispondrán de clasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catálogos de bienes o instrumentos similares que permitan su interrelación automática.

El Clasificador por Objeto del Gasto es el documento que ordena e identifica en forma genérica, homogénea y coherente, los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros, que requieren las dependencias y entidades de la Administración.

Esto es en rubros de gasto: Capítulos, Conceptos y Partidas.

En el marco anterior, el clasificador por Objeto del Gasto permitirá una clasificación de las erogaciones, consistente con criterios internacionales y con criterios contables, claro, preciso, integral y útil, que posibilite un adecuado registro y exposición de las operaciones, y que facilite la interrelación con las cuentas patrimoniales.

Las unidades administrativas o instancias competentes en materia de Contabilidad Gubernamental y de Presupuesto de cada orden de gobierno, acordarán con base en sus necesidades, desagregar las partidas, conservando la estructura básica, con el fin de mantener la armonización con el Plan de Cuentas. Lo anterior se aplicará en tanto el Consejo Nacional de Armonización Contable emita lo conducente.

En cumplimiento con los artículos 7 y cuarto transitorio de la Ley General de Contabilidad, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y entidades federativas; las entidades y los órganos autónomos deberán adoptar e implementar, con carácter obligatorio, el Acuerdo por el que se emite el clasificador por Objeto del Gasto a más tardar, el 31 de diciembre de 2010.




Las entidades federativas deberán coordinarse con los gobiernos municipales para que logren contar con un marco contable armonizado, a través del intercambio de información y experiencias entre ambos órdenes de gobierno.













A continuación, el documento que contiene el citado Clasificador:



















http://www.conac.gob.mx/documentos/consejo/cog.pdf