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23/8/10

Obstáculos en seguimiento del gasto público

Obstáculos en el seguimiento del gasto público federal de México
Reporta el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Dioputados


El Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público (SHCP), reporta regularmente

sobre el ejercicio del gasto a través de informes

mensuales, trimestrales, Informes de Ejecución

del Plan Nacional de Desarrollo y de Gobierno y la

Cuenta Pública, entre otros documentos mandatados

por el Decreto de Presupuesto y la Ley Federal de Presupuesto

y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH).

No obstante estos numerosos y variados reportes, el

seguimiento del ejercicio del gasto público es complejo,

pues por una parte, en la integración de dichos

reportes la SHCP incumple con diversas disposiciones

de carácter legal y, por otro lado, la regulación no es

lo suficientemente robusta como para contrarrestar

la opacidad que existe en materia presupuestaria.

Obstáculos en el seguimiento del Gasto


Público

Entre los principales obstáculos para un seguimiento

puntual y efectivo del gasto público se

pueden mencionar:

•La SHCP regularmente publica la información

en formato de imagen (PDF1), lo que

obliga a capturar la información en formato

numérico si se pretende procesar. Este

simple hecho, por sí solo, implica la pérdida

de oportunidad de los análisis que con dicha

información pueden efectuarse.

•El artículo 107 de la LFPRH requiere que la

información se presente con una metodología

que permita hacer comparaciones

consistentes durante el ejercicio fiscal y

entre varios ejercicios fiscales, disposición

que la SHCP no cumple. No hay series

de gasto, en clasificación económica

(se refiere a gasto corriente, servicios personales

y gasto de capital) o funcional (es

decir por finalidad: salud, educación, seguridad,

entre otras), consistentes para la última

década.

•De acuerdo con lo previsto por el artículo

107 de la LFPRH, en relación con el artículo

28 del mismo ordenamiento legal, la

SHCP debe informar sobre el ejercicio del

gasto con base en su destino geográfico,

en términos de entidades federativas y

en su caso municipios y regiones. Sin

embargo, ni en sus informes mensuales,

trimestrales o anuales la SHCP reporta el

ejercicio del gasto bajo dicha clasificación.

•La SHCP no publica toda la información

que la LFPRH le requiere en su portal

electrónico, por ejemplo, no contiene la

propuesta de estructura programática para

el siguiente ejercicio fiscal.

Ver: Nota de la CEFP de la Cámara de Diputados